viernes, 19 de febrero de 2021

Tabla salarial de empleadas de hogar 2021

 

El Salario Mínimo Interprofesional 2021 (SMI 2021) será igual al SMI de 2020, el Gobierno ha acordado prorrogarlo durante el año 2021 de forma temporal.

Por tanto, el Salario Mínimo Interprofesional durante 2021 seguirá siendo de 950 euros mensuales por 14 pagas.

Salario Mínimo Interprofesional 2021. 

Salario Mínimo Interprofesional 2021. ¿Cuánto tengo que cobrar?: 
  • Salario Mínimo diario: 31,66€
  • Salario Mínimo mensual: 950,00€ (14 pagas).
  • Salario Mínimo anual: 13.300€ (14 pagas)
  • Salario Mensual 12 pagas: 1.108,33€.
  • SMI eventuales y temporeros: SMI día: 44,97 euros
  • SMI empleados de hogar: SMI hora: 7,43 euros.

Hay que tener en cuenta que esta cifra es para jornadas completas (40 horas), para jornadas parciales se calculará proporcionalmente.

Según confirma Trabajo, la base mínima de cotización para 2021 es de 1.108 euros.

A esta cifra se le aplicarán los porcentajes de cotización a la Seguridad Social que definan para este ejercicio.


SALARIO BASE EMPLEADAS DE HOGAR 2021 por 40 HORAS SEMANAL

14 Pagas: Nómina de 950,00 euros x 14 pagas + 30 días vacaciones.

-13 Pagas: Nómina de 1,023€ euros x 13 pagas + 30 días vacaciones. 

-12 Pagas: Nómina de 1.108 euros x 12 pagas + 30 días vacaciones.

Salario Anual: 13.300,00 euros (EL SMI 2021= Salario Mínimo Interprofesional 2021 = 950,00 euros x 14 pagas). Correspondiente para 40h/semana.
Si es por horas: coste mínimo por hora: 7,04 euros/h.

Cotización en 2021 SEGURIDAD SOCIAL HORAS
A cargo del empleadoA cargo del empleador (1)Total
1Hasta 2402069,6851,7161,3934
2De 240,01 a 37534015,9885,34101,3253
3De 375,01 a 51047422,2896,60118,8872
4De 510,01 a 64560828,58123,91152,4992
5De 645,01 a 78074334,92151,42186,34111
6De 780,01 a 91487741,22178,73219,95130
7De 914,01 a 1050105049,35213,99263,34160
8De 1050,01 a 1144109751,56223,57275,13160
9De 1144,01 a 1294123257,90251,08308,99160
10De 1294,01Retribución mensual160
Calculo tarifa

El tipo de cotización por contingencias comunes será el 28,30%; siendo el 23.60% a cargo del empleador y el 4.70% a cargo del empleado. El de contingencias profesionales será del 1,5% a cargo del empleador.

  • Para la cotización por contingencias profesionales se aplicará el 1,50%; a cargo exclusivo del empleador.
  • Con efectos desde el 1 de abril de 2013, el empleado de hogar que preste sus servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador, y que hubiera acordado con este último la asunción de las obligaciones en materia de encuadramiento en el Sistema Especial para Empleados de Hogar, será el sujeto responsable de la obligación de cotizar. Deberá, por tanto, ingresar la aportación propia y la correspondiente al empleador (o, en su caso, empleadores) con el que mantenga tal acuerdo, por contingencias comunes y profesionales.
  • La responsabilidad por el incumplimiento de la obligación de cotizar al Sistema Especial para Empleados de Hogar en estos supuestos corresponderá al propio empleado. Subsidiariamente, al empleador o empleadores. Salvo que estos acrediten la entrega de sus aportaciones y cuotas por cualquier medio admitido en derecho.

Las Cuotas Seguridad Social Empleadas Hogar 2021 = 29,8 % (% de cálculo anual)= empleador/a hogar 25,10%* = incluye [Cuota Empleador/a (23,60%) + Contingencias Comunes (1,5%)] =empleado/a hogar 4,70% [Cuota Empleado/a 4,7%].

TABLA SALARIAL EMPLEADAS DE HOGAR:

Conforme a lo previsto en la disposición transitoria decimosexta del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, en este Sistema Especial las bases de cotización serán, a partir del 1 de enero de 2019, las siguientes:

Número de horasSalario bruto 12 pagasCoste empresaCoste Total
5138,5451,71190,25
10277,0885,34362,42
15415,63118,97534,60
20554,17152,61706,77
25692,71186,49879,20
30831,25220,131051,38
35969,79263,551233,34
401108,33275,351383,68

¿Qué incentivos ofrece la Seguridad Social para la contratación de Empleadas Hogar 2021?

1. Se mantiene la bonificación para todas las altas nuevas Seguridad Social empleadas hogar del 20%sobre la cuota del empleador/a.

2. Se mantienen las bonificaciones de años anteriores. La bonificación para todas las altas Seguridad Social empleadas hogar de familias numerosas. Esta bonificación es del 25% sobre la cuota de empleador/a.




Blanca De Los Ríos
Casaniñosymayores

viernes, 17 de mayo de 2019

Tabla de cotizacion empleadas hogar 2019




Tabla de cotización empleada de hogar 

2019


La cotizacion de las empleadas de hogar y las nuevas cuotas del 2019 son uno de los temas que mas atiendo a diario así que me he animado a dejar por escrito la informacion y espero que sea clarificadora.


Descargar tabla cotización empleadas de hogar 2019

Salario mínimo interprofesional  2019:

 900,00€/Mes por 14 pagas = 112.600 €/AÑO . Salario por hora: 7,04€
vigente para contratos desde el 1 de enero de 2012 en adelante.
Retribución mensual:
Salario bruto anual (contando las pagas extras) dividido entre doce meses.
Familia numerosa reducción hasta el 
45%:
Presentando libro de familia, certificado o cartilla
CT: Contingencias profesionales
AT:  Accidentes de trabajo
Cuota total antes 2012:
Cuota sin reducción a las personas contratadas antes del 2012
Cuota hasta 31 de diciembre de 2019:
Reducción 20% al empleador.
Responsable del pago de las cuotas el empleador y su familia. El empleador tendría que reflejar en nómina la aportación que corresponda por las contingencias comunes y profesionales.
Desde el 1 de abril de 2013 puede hacer los trámites la empleada de hogar que preste sus servicios durante menos de 60 horas mensuales, siendo el responsable del pago de las cuotas el empleador y su familia. El empleador tendría que reflejar en nómina la aportación que corresponda por las contingencias comunes y profesionales.



















































                                                       


                                                                                                                     

                                                       




                                            
                                           




                                                       Blanca De Los Rios
                                                       Hurtado de Amezaga, 27, 7 dpto 7
                                                       Bilbao 48008
                                                       Tel. 607842983
                                                       www.casaninosymayores.com

martes, 10 de enero de 2017

6 trucos para limpiar una casa de manera eficiente

Feliz 2017 para tod@s desde casaniñosymayores!!!

Nuevo año y nueva entrada en nuestro blog: ¿cómo nos aseguramos que la limpieza de nuestro hogar se realiza de manera adecuada y eficiente?

Tanto si vamos a encargarnos de la limpieza nostros mismos como si contratamos ayuda profesional, los consejos que incluimos a continuación nos ayudarán a que el trabajo se realice de manera más sencilla y en un menor tiempo. Sin olvidar que se trata de ser eficaz, no de hacer las cosas con prisa.

1. Organización

Como en casi todo, la limpieza de la casa será normalmente más eficiente si contamos con cierta organización y un método claro. Realizar siempre las mismas tareas y en el mismo orden, limpiar las habitaciones una por una o comenzar y terminar siempre por el mismo punto permitirá que a la larga se establezca una rutina que ahorrará tiempo y evitará movimientos innecesarios e ineficientes.




2. De arriba a abajo. De izquierda a derecha

Pasar la balleta a los muebles y continuar limpiando las persianas, sólo para ver como el polvo cae de nuevo sobre nuestra resplandeciente mesilla no parece lo más adecuado. Comenzaremos limpiado las partes más altas de la habitación para evitar tener que hacer el trabajo dos veces. Además, realizando una limpieza de izquierda a derecha nos aseguramos de que cubrimos todo el espacio de la habitación.




3. Las herramientas y productos de limpieza a mano

Asegurarse de que las herramientas y productos de limpieza que se van a necesitar se encuentran siempre a mano evitará perder el tiempo en viajes innecesarios al armario del fregadero (o donde quiera que guardemos los productos de limpieza). Llevar las botellas y cepillos en un cubo, una bata con bolsillos, o incluso en un delantal, evitarán la pérdida de tiempo en idas y venidas.





4. No mover el polvo

Queremos limpiar el polvo, no moverlo de un sitio para otro, por lo que un buen plumero  que quepa en el bolsillo trasero (por ejemplo de plumas de avetruz), será siempre una gran inversión a la hora de limpiar persianas, cuadros y recovecos varios. Por lo demás, recordar siempre que el plumero es una herramienta adecuada para la limpieza diaria. Para tareas mayores deberá utilizarse una balleta o, en su caso, la aspiradora.

5. Aspirar de lado a lado

Pasar la aspiradora en línea recta, de lado a lado de la habitación, y repetir la operación hasta que toda la superficie que queremos limpiar quede cubierta (para las áreas más transitadas es aconsejable aspirar al menos una vez por semana). Además, colocar el cable de la aspiradora sobre el hombro evitará tropiezos e incomodidades.





6. Limpiar a menudo

Parece obvio pero una manera eficaz de reducir el tiempo empleado en la limpieza de la casa es mantener ésta limpia. Realizar pequeñas limpiezas frecuentes siempre será más eficiente que dejar acumular la suciedad durante semanas y después proceder a una gran limpieza en profundidad.


Como siempre, esperamos que esta entrada haya sido de utilidad. ¡¡Nos vemos en casaninosymayores.com!!

martes, 16 de febrero de 2016

casaniñosymayores patrocina el equipo femenino de pádel Padel & Gol C

El 6 de febrero comenzaba una nueva edición de la Liga Bizkaina de Padel con la presencia por vez primera del Padel & Gol C, equipo que patrocinamos con orgullo desde casaniñosymayores.

Padel & Gol C - casaniñosymayores - Liga Bizkaina de Padel

Enclavado en la 2ª categoría femenina y con su sede en el club del mismo nombre, Padel & Gol C ha conseguido su primera victoria en un partido durante esta última jornada, la segunda, tras su triple enfrentamiento como local con el Torresolo (1-2).

Si sois aficionados al pádel o simplemente queréis pasar un rato divertido, os invitamos a seguir los partidos de la Liga Bizkaina de Padel y del Padel & Gol C.

¡Mucho ánimo al Padel & Gol C! ¡¡Suerte el próximo sábado contra BTC Limpiezas Areeta!!

lunes, 8 de febrero de 2016

El régimen laboral de las Empleadas de Hogar (y II)

Terminamos la introducción al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Empleados de Hogar con otros dos aspectos básicos de las relaciones entre empleadores y trabajadoras del hogar: la jornada laboral y la cotización a la Seguridad Social.

régimen laboral de las empleadas de hogar - casaniñosymayores

Jornada, vacaciones y permisos. Derechos y deberes de empleadas y empleadores

Una de las dudas recurrentes entre la gente que contacta con nosotros se refiere a la jornada laboral de la empleada de hogar y, con ella, todo lo referente a horarios, vacaciones, permisos etc.

En general, y según ocurre con la mayoría de trabajadores, la jornada máxima semanal de las empleadas de hogar queda establecida en cuarenta (40) horas de trabajo efectivo. Además, la ley permite el "tiempo de presencia" y lo define como aquél en el que el trabajador puede estar a disposición del empleador, sin realizar trabajo efectivo (por ejemplo, acompañando a una persona mayor pero sin realizar una tarea determinada). Este tiempo de presencia no podrá exceder de veinte (20) horas semanales de promedio cada mes y será objeto de retribución o compensación en los términos que las partes acuerden (cantidad económica y/o tiempo de libranza).

Los descansos a los que tiene derecho la empleada de hogar se estructuran, por su parte, de la siguiente forma:
régimen laboral de las empleadas de hogar - casaniñosymayores
  • 2 horas al día para las comidas principales, tiempo que no computa como de trabajo sino como descanso.
  • 36 horas seguidas para el descanso semanal, que suelen incluir el domingo completo y la tarde del sábado o la mañana del lunes (o cualquier otro acuerdo al que se llegue entre las partes).
  • 12 horas entre jornada y jornada, que pueden reducirse a 10 si la empleada es interna y bajo ciertas condiciones.
En cuanto a las vacaciones, se establece un periodo de vacaciones anuales de treinta (30) días naturales que podrán fraccionarse en dos o más periodos, uno al menos de los cuales será como mínimo de quince (15) días consecutivos. Quince (15) de los treinta días totales serán fijados por el empleador, de acuerdo con sus necesidades particulares, y el resto podrá ser elegido libremente por la empleada.

Las empleadas de hogar tienen derecho además a los mismos días festivos que el resto de trabajadores, según quede determinado por el calendario laboral del lugar de residencia de la familia.


La Seguridad Social. ¿Quién tiene la obligación de dar de alta y cotizar? 

La contratación de una empleada de hogar conlleva ciertos trámites que, en esencia, no difieren demasiado de los de cualquier empresario que desea contratar un trabajador para su empresa y que, en cualquier caso, se incluyen dentro del servicio básico que casaniñosymayores incluye en todos sus procesos de selección sin ningún coste adicional.

Así, antes del comienzo de la actividad laboral deberá presentarse la solicitud de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social y rellenar los distintos modelos que se disponen para cada caso:
  • Solicitud de Alta de la empleada.
  • Solicitud de Código de Cuenta de Cotización como “empresario solicitante” (en caso de tratarse de la primera contratación).
  • Contrato de trabajo (identificación de las partes, horas de trabajo semanales, salario mensual...).
régimen laboral de las empleadas de hogar - casaniñosymayoresComo se ha indicado en anteriores entradas, tanto el proceso de alta como el ingreso de la cuota íntegra de la Seguridad Social son responsabilidad siempre del empleador, con la única excepción de trabajadoras que presten sus servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador, que podrán acordar hacerse cargo de dichas gestiones.

Por lo que respecta a la solicitud de baja, esta deberá presentarse dentro del plazo de los 3 días naturales siguientes al del cese en el trabajo.

Para conocer los distintos tipos de cotización, así como los incentivos a los que se puede tener derecho, os remitimos a nuestra entrada La cotización a la Seguridad Social de las Empleadas de Hogar.

Indicar, por último, que la afiliación al Sistema Especial para Empleados de Hogar ofrece a la trabajadora el derecho a una serie de prestaciones, incluido el subsidio por incapacidad temporal en caso de enfermedad o accidente, pero que no lleva consigo derecho a la prestación por desempleo.


Normativa básica de aplicación

Para saber más sobre el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Empleados de Hogar:
  • Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del Sistema de Seguridad Social (Disposición adicional 39ª y Disposición transitoria única) (B.O.E. de 2 de agosto de 2011).
  • Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar (B.O.E. de 17 de noviembre de 2011).
  • Real Decreto-ley 29/2012, de 28 de diciembre, de mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar y otras medidas de carácter económico y social (B.O.E. de 31 de diciembre de 2012).
  • Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016. (B.O.E. de 30 de octubre de 2015).
  • Real Decreto 1171/2015, de 29 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2016 (B.O.E. de 30 de diciembre de 2015).
  • Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (B.O.E. de 31 de octibre de 2015).
  • Orden ESS/70/2016, de 29 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional, contenidas en la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.

viernes, 29 de enero de 2016

La cotización a la Seguridad Social de las Empleadas de Hogar

Siguiendo con la serie de entradas que comenzamos la semana pasada, explicamos hoy el sistema de cotización a la Seguridad Social que determina el Régimen Especial de los Empleados de Hogar.


La obligación de cotizar

El sistema especial de Empleados de Hogar establece que deben cotizar a la Seguridad Social todas aquellas personas que son remuneradas por la prestación de servicios en el ámbito del hogar familiar (tareas domésticas, cuidado o atención de los miembros de la familia...), independientemente de circunstancias como la cantidad de horas trabajadas o el número de empleadores.
 casaniñosymayores: gestoría

Así, en principio la obligación de dar de alta y cotizar a la Seguridad Social corresponde siempre al empleador o, en caso de que el trabajador preste servicio en varios hogares, a cada uno de los distintos empleadores. No obstante, desde el 1 de abril de 2013, las empleadas de hogar que presten sus servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador podrán asumir dicha responsabilidad de alta y cotización a la Seguridad Social, siempre que ambas partes están de acuerdo.
Indicamos aquí que el servicio casaniñosymayores incluye en todos los casos y sin ningún coste adicional, el alta en la Seguridad Social de la empleada de hogar (y del empleador si resultara necesario), así como la determinación de la cuota de cotización correspondiente.
Por lo demás, señalar que la cotización de la Seguridad Social se divide en dos partes:
  • La aportación del empleador, que a su vez engloba un 21,35% de la base de cotización para contingencias comunes (que puede estar bonificado) y el 1,10% para contingencias profesionales (accidentes laborales...).
  • La aportación de la empleada de hogar, 4,25% correspondiente a de contingencias comunes
Según lo indicado, el empleador es el responsable de ingresar cada mes la cuota íntegra, pudiendo descontar del salario de la empleada la aportación que corresponde a la trabajadora (con la excepción del caso de menos de 60 horas mensuales por empleador, en que podrá pactarse que sea la empleada la encargada de ingresar dicha cuota).


Bases de cotización de la Seguridad Social 2016

La base de cotización y las aportaciones correspondientes quedan determinadas por tramos en función del salario de la empleada de hogar, según se recoge en la tabla de bases de cotización de la Seguridad Social 2016 que incluimos a continuación.

Pulsar en la imagen para ampliar


Bases de cotización a la Seguridad Social para empleadas de hogar 2016

Notas:
  • Se establece una reducción del 20% en la aportación del empleador por contingencias comunes para las contrataciones posteriores al 1 de enero de 2012. Esta reducción se ampliará hasta el 45% para familias numerosas cuando se trate de familias numerosas de categoría especial o si ambos progenitores desarrollan una actividad retribuida fuera del hogar. La bonificación no es aplicable para el caso de las empleadas de hogar que prestan sus servicios menos de 60 horas mensuales por empleador y han asumido el cumplimiento de las obligaciones de cotización.
  • La cotización se realiza de manera mensual por lo que, en caso de existir pagas extraordinarias, el salario bruto deberá incluir el correspondiente prorrateo. Por ejemplo, si se pacta un salario de 12 mensualidades de 600 EUR y 2 medias pagas, el valor del salario bruto que debe considerarse es: (12x600 + 2x300) / 12 = 650 EUR/mes.