viernes, 29 de enero de 2016

La cotización a la Seguridad Social de las Empleadas de Hogar

Siguiendo con la serie de entradas que comenzamos la semana pasada, explicamos hoy el sistema de cotización a la Seguridad Social que determina el Régimen Especial de los Empleados de Hogar.


La obligación de cotizar

El sistema especial de Empleados de Hogar establece que deben cotizar a la Seguridad Social todas aquellas personas que son remuneradas por la prestación de servicios en el ámbito del hogar familiar (tareas domésticas, cuidado o atención de los miembros de la familia...), independientemente de circunstancias como la cantidad de horas trabajadas o el número de empleadores.
 casaniñosymayores: gestoría

Así, en principio la obligación de dar de alta y cotizar a la Seguridad Social corresponde siempre al empleador o, en caso de que el trabajador preste servicio en varios hogares, a cada uno de los distintos empleadores. No obstante, desde el 1 de abril de 2013, las empleadas de hogar que presten sus servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador podrán asumir dicha responsabilidad de alta y cotización a la Seguridad Social, siempre que ambas partes están de acuerdo.
Indicamos aquí que el servicio casaniñosymayores incluye en todos los casos y sin ningún coste adicional, el alta en la Seguridad Social de la empleada de hogar (y del empleador si resultara necesario), así como la determinación de la cuota de cotización correspondiente.
Por lo demás, señalar que la cotización de la Seguridad Social se divide en dos partes:
  • La aportación del empleador, que a su vez engloba un 21,35% de la base de cotización para contingencias comunes (que puede estar bonificado) y el 1,10% para contingencias profesionales (accidentes laborales...).
  • La aportación de la empleada de hogar, 4,25% correspondiente a de contingencias comunes
Según lo indicado, el empleador es el responsable de ingresar cada mes la cuota íntegra, pudiendo descontar del salario de la empleada la aportación que corresponde a la trabajadora (con la excepción del caso de menos de 60 horas mensuales por empleador, en que podrá pactarse que sea la empleada la encargada de ingresar dicha cuota).


Bases de cotización de la Seguridad Social 2016

La base de cotización y las aportaciones correspondientes quedan determinadas por tramos en función del salario de la empleada de hogar, según se recoge en la tabla de bases de cotización de la Seguridad Social 2016 que incluimos a continuación.

Pulsar en la imagen para ampliar


Bases de cotización a la Seguridad Social para empleadas de hogar 2016

Notas:
  • Se establece una reducción del 20% en la aportación del empleador por contingencias comunes para las contrataciones posteriores al 1 de enero de 2012. Esta reducción se ampliará hasta el 45% para familias numerosas cuando se trate de familias numerosas de categoría especial o si ambos progenitores desarrollan una actividad retribuida fuera del hogar. La bonificación no es aplicable para el caso de las empleadas de hogar que prestan sus servicios menos de 60 horas mensuales por empleador y han asumido el cumplimiento de las obligaciones de cotización.
  • La cotización se realiza de manera mensual por lo que, en caso de existir pagas extraordinarias, el salario bruto deberá incluir el correspondiente prorrateo. Por ejemplo, si se pacta un salario de 12 mensualidades de 600 EUR y 2 medias pagas, el valor del salario bruto que debe considerarse es: (12x600 + 2x300) / 12 = 650 EUR/mes.

martes, 19 de enero de 2016

El régimen laboral de las Empleadas de Hogar (I)

Comenzamos aquí una serie de entradas en las que intentaremos dar una visión general del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Empleados de Hogar, explicando en lo posible cómo afecta dicho marco legal a las relaciones que se establecen entre empleados y empleadores.

En este primer capítulo nos centramos en los aspectos generales del régimen especial y en dos de sus aspectos fundamentales: el contrato y el salario.


casaniñosymayores: gestoría


¿Quién se considera Empleada de Hogar (y quién no)?

La primera cuestión que debemos aclarar antes de desarrollar otro tipo de detalles es la clase de relaciones laborales que se ven afectadas por el régimen especial de los Empleados de Hogar y cómo quedan establecidas por dicha ley. Así, se define como Empleado de Hogar al trabajador(a) que concierta una relación laboral con el titular de un hogar familiar para la prestación de servicios en el ámbito de dicho hogar familiar y recibiendo un salario por ello, citándose las siguientes actividades en particular:
Quedan excluidas, por tanto, las relaciones entre personas jurídicas o las concertadas a través de empresas de trabajo temporal, así como los servicios que se realizan de manera no remunerada por familiares, amigos, etc.

El Contrato

Una vez tenemos claro qué trabajadores se ven afectados por el régimen especial debemos formalizar nuestra relación laboral mediante un documento: el contrato.

El contrato podrá ser de palabra o por escrito y celebrarse por tiempo indefinido o por una duración determinada, teniendo en cuenta que cuando no exista contrato por escrito éste se considerará siempre como indefinido. Podrá concertarse, además, un periodo de prueba máximo de dos meses, con posibilidad de resolución del contrato por cualquiera de las partes.

régimen laboral de las empleadas de hogar - casaniñosymayoresLa Seguridad Social facilita modelos de contrato que habitualmente utilizaremos como base para nuestro documento, sin olvidar que el trabajador deberá ser informado de todos los elementos esenciales del contrato tales como la prestación salarial en especie, la duración y distribución de los tiempos de presencia o el régimen de pernoctas, si estos no figuran formalizados por escrito. 

Por lo demás, la relación laboral se podrá rescindir por mutuo acuerdo de las partes o por dimisión del trabajador, en cuyo caso se deberá avisar con el tiempo correspondiente. El empleador, por su parte, podrá también rescindir el contrato comunicándolo por escrito en el plazo de preaviso establecido e incluyendo una indemnización equivalente a doce días naturales por año de servicio, con el límite de seis mensualidades (siempre que no se trate de un despido disciplinario).


El salario de la Empleada de Hogar


régimen laboral de las empleadas de hogar - casaniñosymayores¿Cuál es es el sueldo que debe recibir una Empleada de Hogar? Nuestra recomendación es que el salario se establezca de forma razonable, tratando que se ajuste en lo posible al trabajo realizado y sea satisfactorio para ambas partes. Desde casaniñosymayores estaremos encantados de ofrecer asesoramiento en este sentido.   

¿Pero qué dice la ley? Sin entrar en las posibles mejoras que las partes puedan pactar, la ley establece que para una jornada de trabajo completa se debe garantizar, como mínimo, el pago del Salario Mínimo Interprofesional en cómputo anual (es decir, incluyendo pagas extraordinarias), prorrateándose éste si se realiza una jornada inferior.

Para las empleadas que trabajan por horas, en régimen externo, la retribución global por hora trabajada deberá incluir la totalidad de los conceptos retributivos, recogiendo además del salario por tiempo trabajado, las partes proporcionales del descanso semanal, vacaciones y pagas extraordinarias.

viernes, 8 de enero de 2016

Un nuevo blog

A finales de 2013 nacía casaniñosymayores.

La idea surgió inicialmente de la manera más simple, a partir de la experiencia personal de quien sufre en carne propia la necesidad de enfrentarse al reto de "buscar servicio doméstico". ¡Horror! ¿Por dónde empiezo? ¿Qué es lo más importante a la hora de elegir una empleada de hogar?  ¿Cuáles son los trámites administrativos? ¿Con qué confianza puedo contratar a una persona desconocida? ¡¡Pero si no tengo tiempo!!

Poder ayudar a todas las personas que a diario se hacen esas mismas preguntas, ofreciendo un servicio de calidad a un precio competitivo, fue lo que nos motivó para comenzar esta aventura que, tras algo más de dos años, decenas de clientes y mucho trabajo, se ha convertido en el actual casaniñosymayores.

casaniñosymayores: logo

En este tiempo ha pasado por nuestra oficina todo tipo de gente con las necesidades más variadas - la mayoría interesantes y todas importantes. Algunos han confiado en nosotros para cuidar a sus seres más cercanos y queridos, otros porque querían las camisas mejor planchadas, casi todos necesitando encontrar esa empleada ideal en un tiempo record... En fin, conseguir que todos nuestros clientes se fueran satisfechos ha sido siempre el gran reto y nuestro mayor deseo. Gracias desde aquí a todas las personas que han confiado en nosotros.


casaniñosymayores: oficina

Hoy queremos crecer un poco más y lanzamos este blog. Desde aquí pretendemos ser útiles y, de forma más o menos regular, enviar ideas, consejos y opiniones a las personas que nos siguen.

¡Esperamos conseguirlo!